La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, sostuvo que “hay que esperar 8 días para que entre en vigencia la ley. A partir del 24 de enero, la aplicación será inmediata porque la reglamentación no hay que esperarla para que el derecho que reconoce la ley sea efectivo”.
También indicó que, “a partir del 24 de enero, cualquier mujer embarazada que por razones personales decide interrumpir su embarazo antes de la semana 14, puede acudir a su obra social, prepaga, sala de atención o establecimiento de salud y deben proveerle esa posibilidad, en los 10 días posteriores debe ser garantizado su derecho”.
Al mismo tiempo, la funcionaria determinó que “ya se está distribuyendo en todo el país, a través del Programa Cuidar, el medicamento” que se aplica para generar la interrupción del embarazo hasta la semana 14.
Un medicamento que “debe ser recetado por un médico” y “no requiere internación” para su aplicación, también puede hacerse en el hogar, pero sí necesita con posterioridad “controles ambulatorios”.
La ministra asumió que “no resultará sencillo” este proceso dado que “en algunos lugares van a poner sus obstáculos”. Por lo cual, se dispuso una línea gratuita (0800 222344) para los casos en que una mujer haya sacado turno, haya ido a una salita o a un centro de salud y encontrara un obstáculo.
A través de la línea telefónica estará disponible un equipo del ministerio de Salud “los 7 días de la semana, para atender” esos casos.
Gómez Alcorta afirmó que ese equipo “trabajará para que esa mujer que reclama esa práctica sea derivada a otro lugar”, pero también se activará un seguimiento para corroborar el motivo del incumplimiento por parte del establecimiento de salud, la obra social, la prepaga, el médico o la salita.
“A partir del 24”, paralelamente con la aplicación de la ley, “se extinguirán las más de 1.500 causas penales en trámite contra médicos o mujeres que abortaron porque deja de ser un delito, incluso para quiénes están cumpliendo sus condenas”, recordó la funcionaria.
Existirá una red en todas las provincias para que este derecho esté garantizado y se respetará también, tal como dispone la ley, el derecho del médico o enfermero a no realizar la práctica “por razones de conciencia personal”. Sin embargo, la funcionaria nacional dejó claro que “si un médico ejerce su derecho de negarse a practicar un aborto por objeción de conciencia, tiene la obligación de derivar con alguien que sí lo haga”.
Como el aborto se debe realizar “a los 10 días del requerimiento de la mujer”, en el caso de una situación urgente se deberá consultar al Ministerio de Salud, sobre todo en casos en los que una demora implique la pérdida del derecho por exceder la semana 14 de gestación”.
Gómez Alcorta se refirió a la etapa que sigue tras la promulgación de la ley, al “fin de una historia de mucha lucha”, pero asumió que el tiempo que sigue para garantizar su aplicación en todo el país es “arduo”, en diálogo con radio La Red.