El Juzgado de Primera Instancia Electoral de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, informa que en el tiempo establecido por cronograma electoral en curso se pusieron en conocimiento de la autoridad de aplicación la constitución de las siguientes alianzas electorales:
- UNIDAD FUEGUINA, integrada por:
a) PARTIDO DEL TRABAJO Y LA EQUIDAD
b) ENCUENTRO POPULAR
c) CRECER FUEGUINO - FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES-UNIDAD, integrada por:
a) PARTIDO OBRERO
b) IZQUIERDA POR UNA OPCIÓN SOCIALISTA - FRENTE CELESTE Y BLANCO, integrada por:
a) MOVIMIENTO DE CONTROL CIUDADANO
b) PARTIDO INTEGRACIÓN Y TRABAJO - COMPROMISO FUEGUINO, integrada por:
a) PARTIDO DE LA CULTURA, EDUCACIÓN Y EL TRABAJO
b) MOVIMIENTO SOLIDARIO POPULAR
c) SOBERANÍA POPULAR - MÁS RÍO GRANDE, integrada por:
a) PARTIDO SOLIDARIO
b) PARTIDO DE LA VICTORIA - JUNTOS HACEMOS FUTURO, integrada por:
a) PARTIDO JUSTICIALISTA
b) PARTIDO DE LA CONCERTACIÓN FORJA - JUNTOS POR EL CAMBIO TIERRA DEL FUEGO, integrada por:
a) UNIÓN CÍVICA RADICAL
b) MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO
c) COALICIÓN CÍVICA (CC) – AFIRMACIÓN PARA UNA REPÚBLICA IGUALITARIA.
d) PROPUESTA REPUBLICANA (PRO)
La documentación presentada pasa a instancias de control de la autoridad de aplicación en cuánto a:
1) determinar en qué categorías o cargos se acuerdan
2) si fueron decididas por los organismos competentes de cada partido
3) demás requisitos establecidos en el art. 13 de la ley 470:
a) presentación de las plataformas electorales
b) designación de apoderados comunes
c) fijación de domicilio legal
d) forma acordada para la integración de las listas de candidatos